Los Organismos del Estado tienen la responsabilidad indelegable de establecer, controlar y garantizar el cumplimiento de las políticas públicas con carácter federal. En la formulación y ejecución de políticas públicas y su prestación, es prioritario para los Organismos del Estado mantener siempre presente el interés superior de las personas sujetos de esta ley y la asignación privilegiada de los recursos públicos que las garanticen. La prioridad absoluta implica: 1. Protección y auxilio en cualquier circunstancia; 2. Prioridad en la exigibilidad de la protección jurídica cuando sus derechos colisionen con los intereses de los adultos; 3. Preferencia en la atención, formulación y ejecución de las políticas públicas; 4. Asignación privilegiada e intangibilidad de los recursos públicos; 5. Preferencia de atención en los servicios esenciales.
Qué significa en la práctica
El Estado tiene responsabilidad indelegable de garantizar los derechos de los NNyA. Los recursos públicos para NNyA tienen prioridad absoluta y son intangibles. Los niños tienen preferencia en la atención de servicios esenciales.
Ejemplo práctico
En una emergencia hospitalaria, los niños tienen preferencia de atención.
Efectos prácticos
•Los presupuestos destinados a NNyA no pueden recortarse sin justificación reforzada.
•Los NNyA tienen prioridad de atención en hospitales, comedores, escuelas y servicios esenciales.
•El Estado no puede delegar en privados su responsabilidad de garantizar derechos.