Artículo 70Habeas corpus en favor de niñas, niños y adolescentes
Texto oficial
Cualquier persona que tome conocimiento de que un niño, niña o adolescente está privado ilegalmente de su libertad, podrá interponer en su favor. El juez deberá resolver en el plazo de veinticuatro horas.
Qué significa en la práctica
El protege a los niños de detenciones ilegales: cualquier persona (no solo sus padres o abogados) puede presentarlo ante el juez cuando un menor está privado ilegítimamente de su libertad. El plazo de resolución de 24 horas es más corto que el general, reflejando la urgencia especial en materia de niñez.
Ejemplo práctico
Un adolescente de 15 años está detenido en una comisaría hace 30 horas sin orden judicial. Un docente que se entera puede interponer habeas corpus en su favor y el juez debe resolver antes de las próximas 24 horas.
Efectos prácticos
•Un vecino que sabe que un menor está detenido ilegalmente puede iniciar el habeas corpus sin ser su representante legal.
•El juez no puede demorar más de 24 horas en resolver, bajo responsabilidad disciplinaria.
•Aplica tanto a detenciones policiales ilegales como a internaciones forzadas en instituciones.