Ley 26.069

Artículo 11Prioridad a las zonas de mayores carencias

Texto oficial

Recibidos los antecedentes, la Secretaría de Deporte de la Nación podrá verificar la regularidad del trámite cumplido. Se dará prioridad en el registro y, en su caso, en la asignación de planes deportivos y subsidios a las entidades con sede en zonas de mayores carencias.

Qué significa en la práctica

La Secretaría de Deporte puede verificar la regularidad del trámite. Se da prioridad en la inscripción y en la asignación de planes deportivos y subsidios a los clubes ubicados en las zonas de mayores carencias.

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