Ley 26.069

Artículo 12Implementación mediante convenios con provincias y municipios

Texto oficial

La implementación de la presente ley estará a cargo del Poder Ejecutivo, por intermedio de la , la que celebrará convenios con las provincias, las municipalidades, y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, las que podrán poner en práctica y ejecución el Programa Deportivo Barrial dentro de su .

Qué significa en la práctica

La implementación está a cargo del Poder Ejecutivo, a través de la , que celebra convenios con las provincias, los municipios y la Ciudad de Buenos Aires para que pongan en práctica el programa en su territorio.

Normas relacionadas

← Ver en Programa Deportivo Barrial (2005) completaLeyes