Ley 26.077

Artículo 1Prórroga de la emergencia pública (Ley 25.561)

Texto oficial

Facúltase al Poder Ejecutivo nacional a adoptar las medidas necesarias tendientes a lograr una salida ordenada de la situación de emergencia pública. A tal fin, prorrógase hasta el 31 de diciembre de 2006 la vigencia de la Ley de Emergencia Pública, y sus modificatorias.

Qué significa en la práctica

Faculta al Poder Ejecutivo a tomar medidas para una salida ordenada de la emergencia y, a ese fin, prorroga hasta el 31 de diciembre de 2006 la vigencia de la Ley de Emergencia Pública (Emergencia Pública y Reforma del Régimen Cambiario, dictada en 2002) y sus modificatorias. Es el corazón de la ley: extiende un año más el régimen de emergencia económica.

Normas relacionadas

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