Ley 26.077

Artículo 3Prórroga de la emergencia ocupacional

Texto oficial

Prorrógase hasta el 31 de diciembre de 2006 la Emergencia Ocupacional Nacional declarada por el Decreto N° 165/02, ratificada por el Decreto N° 565/02 y oportunamente prorrogada por los Decretos Nros: 39/03, 1353/03 y 1506/04.

Qué significa en la práctica

Prorroga hasta el 31 de diciembre de 2006 la Emergencia Ocupacional Nacional declarada por el Decreto 165/02 (ratificado por el 565/02 y prorrogado por decretos posteriores), que sostiene el marco de las políticas de empleo de la crisis.

Normas relacionadas

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