Resumen ejecutivo
Ley penal y financiera que reforma la Ley de Lavado de Activos (crea la UIF) de encubrimiento y lavado de activos y el Codigo Penal. En materia de lavado, fortalece a la Unidad de Informacion Financiera (UIF): en el analisis de un reporte de operacion sospechosa los sujetos obligados no pueden oponerle los secretos bancario, bursatil ni profesional, ni compromisos de confidencialidad (nuevo texto del ultimo parrafo del inciso 1 del articulo 14); el secreto fiscal solo lo revela la AFIP en los casos que ella misma reporto y, en los demas, lo levanta un juez federal en lo penal en un plazo maximo de treinta dias. Agotado el analisis, si hay elementos de conviccion suficientes de sospecha de lavado, la UIF lo comunica al Ministerio Publico para que evalue la accion penal (nuevo articulo 19) y suprime el ultimo parrafo del articulo 20. En el Codigo Penal, precisa el alcance de la excusa absolutoria del encubrimiento (inciso 4 del articulo 277: exencion de pena para quien obra en favor de un conyuge, pariente cercano, amigo intimo o persona a la que se debe especial gratitud, con las excepciones alli previstas) y, con un nuevo inciso 5 del articulo 278, deja en claro que esa exencion no ampara ninguno de los supuestos de lavado de activos. Fue promulgada de hecho, por lo que no hubo veto posible.Objetivo
Dotar a la UIF de herramientas efectivas para acceder a informacion protegida por secreto en la investigacion de operaciones sospechosas de lavado, y cerrar la posibilidad de invocar la excusa absolutoria del encubrimiento para eludir la persecucion del lavado de activos.Problema que resuelve
Los sujetos obligados podian oponer a la UIF los secretos bancario, bursatil, profesional y fiscal, y no habia un procedimiento claro para levantar el secreto fiscal; ademas, la excusa absolutoria del encubrimiento del articulo 277, pensada para no castigar la familiar, podia invocarse tambien frente al lavado de activos y debilitaba su persecucion.A quiénes alcanza
Obligaciones
Derechos que reconoce
Casos de uso
Preguntas frecuentes