Ley 26.114

Artículo 2Cargo: Centro Turístico y Cultural

Texto oficial

La transferencia se hará con cargo a que el Municipio de Federación emplace en dicho predio un Centro Turístico y Cultural.

Qué significa en la práctica

La transferencia se hace con cargo: el Municipio de Federación debe emplazar en el predio un Centro Turístico y Cultural. El cargo condiciona la ; su incumplimiento puede dar lugar a las consecuencias propias de una con cargo.

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