Ley 26.120

Artículo 1Aprobación del Acuerdo y del Protocolo

Texto oficial

Apruébase el ACUERDO SOBRE LOS PRIVILEGIOS E INMUNIDADES DEL TRIBUNAL INTERNACIONAL DEL DERECHO DEL MAR, adoptado en Nueva York – ESTADOS UNIDOS DE AMERICA – el 23 de mayo de 1997, que consta de TREINTA Y CINCO (35) artículos, y PROTOCOLO SOBRE LOS PRIVILEGIOS E INMUNIDADES DE LA AUTORIDAD INTERNACIONAL DE LOS FONDOS MARINOS, adoptado en Kingston – JAMAICA - el 27 de marzo de 1998, que consta de VEINTIDOS (22) artículos, cuyas copias autenticadas forman parte de la presente ley.

Qué significa en la práctica

El Congreso aprueba dos instrumentos del régimen internacional del derecho del mar: el Acuerdo sobre los Privilegios e Inmunidades del Tribunal Internacional del Derecho del Mar (35 artículos) y el Protocolo sobre los Privilegios e Inmunidades de la Autoridad Internacional de los Fondos Marinos (22 artículos). Con la aprobación, ambos textos pasan a integrar el derecho argentino como anexos de la ley.

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