Resumen ejecutivo
La ley incorpora al derecho argentino la Decisión CMC Nº 17/02 del MERCOSUR sobre sus símbolos oficiales. La Decisión (nueve artículos y un Anexo con las especificaciones gráficas y de color) define como símbolos del MERCOSUR el nombre Mercado Común del Sur, la sigla MERCOSUR, el emblema y la bandera, en español y portugués. Permite que personas físicas y jurídicas de los Estados Parte los usen sin autorización previa de forma compatible con los objetivos del bloque; fija requisitos para que las sociedades comerciales usen el término MERCOSUR en su denominación; obliga a los Estados a protegerlos con un nivel equivalente al de los símbolos nacionales; y prohíbe registrarlos como marca. La ley además deroga la Ley de uso del nombre y el logotipo del MERCOSUR, que había aprobado la Decisión anterior (CMC Nº 01/98).Objetivo
Aprobar la Decisión CMC Nº 17/02 sobre los símbolos del MERCOSUR e incorporarla al derecho interno argentino, derogando la ley aprobatoria anterior.Problema que resuelve
Los símbolos del MERCOSUR (nombre, sigla, emblema y bandera) necesitaban una protección jurídica uniforme y actualizada en cada Estado Parte para evitar su uso indebido y consolidar la identidad del bloque.A quiénes alcanza
Obligaciones
Derechos que reconoce
Casos de uso
Preguntas frecuentes