Ley 26.165

Artículo 34Aplicación supletoria de la Ley 19.549

Texto oficial

El procedimiento se regirá por lo que dispone la Ley de Procedimientos Administrativos Nº 19.549 y sus modificaciones en lo que no sea objeto de expresa regulación específica en la presente ley.

Qué significa en la práctica

El procedimiento se rige supletoriamente por la Ley de Procedimientos Administrativos 19.549 en lo que la ley no regule expresamente.

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