Ley 26.206

Artículo 113Calendario escolar mínimo

Texto oficial

El Consejo Federal de Educación fijará el calendario escolar mínimo de CIENTO OCHENTA (180) días de clase para los establecimientos educativos de todo el país.

Qué significa en la práctica

El año escolar mínimo debe tener 180 días de clase en todas las escuelas del país. Las provincias pueden tener más días pero no menos. Esta ya existía en la Ley 25.864; la Ley de Educación Nacional la reafirma como del CFE.

Ejemplo práctico

Cuando una provincia no llega a los 180 días por un conflicto salarial prolongado, el CFE puede requerirle un plan de recuperación de días de clase.

Efectos prácticos

  • Ninguna provincia puede tener un año escolar con menos de 180 días de clase efectivos.
  • Los días de paro docente, feriados y suspensiones deben ser compensados para alcanzar el mínimo.
  • El CFE monitorea el cumplimiento del calendario mínimo en todas las jurisdicciones.
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