Artículo 14Derechos y obligaciones de los padres o tutores
Texto oficial
Los padres, madres y tutores/as de los/as alumnos/as tienen el derecho a: a) Ser informados/as sobre el rendimiento escolar y el progreso de sus hijos/as; b) Participar en las actividades de los establecimientos educativos; c) Ser escuchados/as por las autoridades educativas; y tienen la de: a) Hacer cumplir a sus hijos/as la obligatoriedad escolar; b) Colaborar con el establecimiento educativo; c) Respetar a los/as docentes y directivos.
Qué significa en la práctica
Los padres tienen derechos (información, participación) pero también obligaciones: principalmente garantizar que sus hijos cumplan la escolaridad obligatoria. La de escolaridad es de los padres, no solo del Estado.
Ejemplo práctico
Un padre puede exigir una reunión con el director para conocer el desempeño escolar de su hijo.
Efectos prácticos
•Los padres pueden exigir información sobre el desempeño escolar de sus hijos sin restricciones.
•El padre que no manda a su hijo a la escuela puede ser intimado por las autoridades.
•Las asociaciones cooperadoras son una forma de ejercicio del derecho de participación de los padres.