Ley 26.206

Artículo 16Obligatoriedad escolar

Texto oficial

La obligatoriedad escolar en todo el país se extiende desde la edad de CINCO (5) años hasta la finalización del nivel de la Educación Secundaria. El Ministerio de Educación, Ciencia y Tecnología y las autoridades jurisdiccionales competentes asegurarán el cumplimiento de la obligatoriedad escolar a través de alternativas institucionales, pedagógicas y de promoción de derechos, que se ajusten a los requerimientos locales y comunitarios, urbanos y rurales, mediante acciones que permitan alcanzar resultados de calidad equivalente en todo el país y en todas las situaciones sociales.

Qué significa en la práctica

La escolaridad es obligatoria desde los 5 años hasta finalizar el secundario. Esto incluye tanto la sala de 5 años del nivel inicial como toda la educación secundaria.

Ejemplo práctico

Un adolescente de 16 años que trabaja sigue teniendo obligación de ir a la escuela, y el Estado debe facilitárselo.

Efectos prácticos

  • La escuela secundaria es obligatoria en todo el país.
  • El Estado debe garantizar que todos los niños cumplan la escolaridad obligatoria.
  • Se deben ofrecer modalidades alternativas para contextos rurales, de privación de libertad, etc.
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