Ley 26.206

Artículo 2Educación como bien público

Texto oficial

La educación y el conocimiento son un bien público y un derecho personal y social, garantizados por el Estado.

Qué significa en la práctica

La educación es un bien público: no es una mercancía. Es un derecho personal (de cada individuo) y social (de toda la comunidad), cuya garantía recae sobre el Estado.

Ejemplo práctico

El Estado no puede "privatizar" la educación pública ni tratarla como un servicio sujeto a leyes de mercado.

Efectos prácticos

  • Excluye la concepción mercantil de la educación pública.
  • Obliga al Estado a garantizar el acceso a la educación como derecho fundamental.
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