Ley 26.206

Artículo 26Pase de nivel y acreditación

Texto oficial

El Ministerio de Educación, Ciencia y Tecnología, en acuerdo con el Consejo Federal de Educación, establecerá las condiciones y procedimientos mediante los cuales las provincias y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires convendrán la incorporación de aquellos/as alumnos/as que así lo requieran, entre los distintos ciclos y niveles del sistema, en función de las particularidades de cada .

Qué significa en la práctica

El Ministerio y el Consejo Federal de Educación establecen los procedimientos para que los alumnos puedan moverse entre provincias, entre niveles o reinsertarse en el sistema. Esto garantiza que un alumno que emigra de una provincia a otra no quede sin escuela por diferencias de estructura curricular.

Ejemplo práctico

Una familia que se muda de Mendoza a Córdoba puede inscribir a sus hijos en el año que les corresponde sin burocracia excesiva gracias a este artículo.

Efectos prácticos

  • Un alumno que migra de una provincia a otra tiene derecho a ser incorporado en el año equivalente sin perder escolaridad.
  • Los procedimientos de equivalencias entre títulos provinciales son obligatorios.
  • Los alumnos que salen del sistema pueden reinsertarse con sus estudios previos reconocidos.
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