Ley 26.206

Artículo 33Educación Especial

Texto oficial

La Educación Especial es la modalidad del sistema educativo destinada a asegurar el derecho a la educación de las personas con discapacidades, temporales o permanentes, en todos los niveles y modalidades del Sistema Educativo Nacional. Se rige por el principio de inclusión educativa.

Qué significa en la práctica

La educación especial no es un sistema separado: es una modalidad del mismo sistema educativo. El principio rector es la inclusión: los alumnos con discapacidad tienen derecho a educarse en el mismo sistema que todos, con los apoyos y adaptaciones necesarios. El modelo de educación especial "segregada" en escuelas separadas es incompatible con este principio.

Ejemplo práctico

Un niño con síndrome de Down tiene derecho a asistir a la escuela primaria de su barrio con el apoyo de una maestra integradora, sin ser derivado obligatoriamente a una escuela especial.

Efectos prácticos

  • Las escuelas comunes deben recibir alumnos con discapacidad con los apoyos necesarios (maestra integradora, adaptaciones curriculares).
  • La educación especial aporta apoyos al sistema regular, no reemplaza la escolarización inclusiva.
  • La no admisión de un alumno con discapacidad en una escuela común puede ser discriminación.
← Ver en Ley de Educación Nacional completaLeyes