Ley 26.206

Artículo 47Instituto Nacional de Formación Docente

Texto oficial

Créase el Instituto Nacional de Formación Docente (INFD) como organismo desconcentrado del Ministerio de Educación, con funciones de planificación, desarrollo curricular, otorgamiento de validez nacional a títulos docentes y promoción de la investigación educativa.

Qué significa en la práctica

El INFD coordina la formación de todos los docentes del país. Su función principal es garantizar que los títulos de maestro y profesor valgan en todo el país y que la formación docente tenga calidad equivalente en todas las provincias.

Ejemplo práctico

Un Instituto de Formación Docente de Tucumán habilitado por el INFD puede otorgar títulos de maestro válidos en toda Argentina.

Efectos prácticos

  • El INFD aprueba los diseños curriculares de los institutos de formación docente.
  • Los títulos docentes de institutos habilitados por el INFD tienen validez nacional.
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