Artículo 57Sistema Nacional de Información Educativa
Texto oficial
El Ministerio de Educación, Ciencia y Tecnología, en acuerdo con el Consejo Federal de Educación, desarrollará un sistema nacional de información educativa que permita conocer la situación del sistema, identificar las principales problemáticas y diseñar las políticas pertinentes.
Qué significa en la práctica
El Estado debe tener un sistema de datos permanente sobre el sistema educativo: cuántos alumnos hay, cuántos repiten, cuántos abandonan, cuántos docentes trabajan, qué infraestructura existe. Sin datos no hay política educativa posible. Este sistema es la base para todo diagnóstico y planificación.
Ejemplo práctico
El anuario estadístico educativo que publica el Ministerio anualmente es parte del sistema de información educativa mandatado por este artículo.
Efectos prácticos
•El Relevamiento Anual de la DiNIECE (ahora DiNNIE) es la expresión concreta de este sistema.
•Los datos permiten identificar, por ejemplo, las escuelas con mayor tasa de abandono para intervenir.
•La información educativa es pública: cualquier ciudadano puede acceder a datos sobre el sistema.