Artículo 75Institutos de formación docente jurisdiccionales
Texto oficial
Las jurisdicciones educativas tienen la responsabilidad de organizar, administrar y supervisar los institutos de educación superior de formación docente.
Qué significa en la práctica
Los institutos de formación docente (IFD) son responsabilidad de cada provincia. Las provincias los crean, los financian, supervisan la calidad de la formación y definen su oferta académica, siempre dentro del sistema nacional de formación docente coordinado por el INFD.
Ejemplo práctico
La provincia de Tucumán crea un nuevo IFD en la localidad de Tafí del Valle para cubrir la demanda docente del interior provincial.
Efectos prácticos
•Cada provincia decide cuántos IFD tiene, dónde están ubicados y qué carreras ofrecen.
•La supervisión de la calidad académica de los IFD es responsabilidad provincial (aunque el INFD establece estándares).
•Los títulos expedidos por IFD provinciales son reconocidos en todo el país.