Ley 26.206

Artículo 78Información y rendición de cuentas

Texto oficial

El Ministerio de Educación, Ciencia y Tecnología producirá y difundirá información sobre los recursos invertidos en educación, la matrícula, los resultados de aprendizaje y la evolución de los indicadores del sistema educativo.

Qué significa en la práctica

El Ministerio de Educación debe producir y publicar información sobre el sistema educativo: cuánto se gasta, cuántos alumnos hay, cuáles son los resultados de aprendizaje y cómo evolucionan los indicadores. Esta transparencia permite el control ciudadano y la evaluación de las políticas públicas.

Ejemplo práctico

La DiNIECE (hoy DIEE) publica anualmente los anuarios estadísticos del sistema educativo con datos por provincia, nivel y sector de gestión.

Efectos prácticos

  • El Relevamiento Anual (RA) del sistema educativo es el instrumento principal de esta obligación.
  • Las estadísticas sobre abandono, repitencia y egreso deben ser públicas y comparables entre jurisdicciones.
  • Los resultados de las evaluaciones nacionales (Aprender) deben difundirse públicamente.
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