Ley 26.259

Artículo 1Aprobación del Acuerdo del Mercosur sobre traslado de personas condenadas

Texto oficial

Apruébase el ACUERDO SOBRE TRASLADO DE PERSONAS CONDENADAS ENTRE LOS ESTADOS PARTES DEL MERCOSUR, firmado en Belo Horizonte — REPUBLICA FEDERATIVA DEL BRASIL— el 16 de diciembre de 2004, que consta de DIECISIETE (17) artículos, cuya fotocopia autenticada forma parte de la presente ley.

Qué significa en la práctica

Aprueba el acuerdo firmado por los Estados Partes del Mercosur en Belo Horizonte, Brasil, el 16 de diciembre de 2004 (consta de 17 artículos). A diferencia de un tratado bilateral, es un acuerdo regional: permite que una persona condenada en uno de los Estados del Mercosur y nacional de otro sea trasladada a su país de nacionalidad para cumplir allí el resto de la pena, con el fin de favorecer su reinserción social. El traslado requiere el consentimiento de la persona condenada y el acuerdo de los Estados involucrados. Con la aprobación del Congreso, el acuerdo queda incorporado al derecho argentino.

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