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Ley 26.270

Parcialmente vigenteNacional

Promoción del Desarrollo y Producción de la Biotecnología Moderna

Sanción:4 de julio de 2007BO:27 de julio de 2007Ver fuente oficial
26artículos
biotecnologíapromoción industrialbeneficios fiscalesinvestigación y desarrollociencia y tecnologíabonos de crédito fiscal
Contexto de la ley

Resumen ejecutivo

Establece el primer régimen nacional de promoción de la Biotecnología Moderna, con una vigencia inicial de quince años (luego extendida hasta 2034 por la Ley 27.685, que además incorporó la nanotecnología). Define qué se entiende por biotecnología moderna y otorga a las personas físicas o jurídicas radicadas en el país cuyos proyectos de investigación, desarrollo o producción sean aprobados una batería de beneficios fiscales: amortización acelerada en el Impuesto a las Ganancias, devolución anticipada del IVA de los bienes de capital, conversión en Bonos de Crédito Fiscal del 50% de las contribuciones a la seguridad social y de ciertos gastos de I+D, y exclusión de la Ganancia Mínima Presunta. Crea el Registro Nacional para la Promoción de la Biotecnología Moderna, el Fondo de Estímulo a Nuevos Emprendimientos y una Comisión Consultiva asesora; fija criterios de elegibilidad, cupos fiscales, auditorías y sanciones, y una de patentar en el INPI. Fue promulgada parcialmente por el Decreto 983/2007, que observó expresiones del último párrafo de los artículos 6º, 7º y 9º (relativas a la duración de diez años de los Bonos de Crédito Fiscal y a su aplicación por ejercicio fiscal): esos textos figuran en la publicación oficial pero no entraron en vigencia.

Objetivo

Promover el desarrollo y la producción de la biotecnología moderna mediante beneficios fiscales, un registro, un fondo de estímulo y una .

Problema que resuelve

La Argentina carecía de un marco de incentivos específico para la biotecnología moderna, un sector de alto contenido tecnológico e inversión de riesgo, cuyos proyectos de investigación y producción necesitaban estímulos fiscales y financieros para desarrollarse en el país.

A quiénes alcanza

empresas y emprendedores de biotecnología radicados en el paísinvestigadores y proyectos de investigación y desarrollopequeños emprendedores biotecnológicosel Ministerio de Economía como Autoridad de Aplicaciónel CONICET y el sistema público de ciencia y tecnología
Análisis jurídico

Obligaciones

  • Para acceder y mantener los beneficios, los beneficiarios deben desarrollar la actividad en el país y por cuenta propia y estar al día con sus obligaciones impositivas y previsionales (art. 3).
  • Los proyectos aprobados deben inscribirse en el Registro Nacional para la Promoción de la Biotecnología Moderna (art. 5).
  • Los bienes adquiridos con los beneficios deben permanecer afectados al proyecto mientras dure su ejecución (art. 8).
  • Los beneficiarios deben llevar contabilidad separada del proyecto y someterse a auditorías anuales de la (arts. 11 y 12).
  • Deben solicitar la patente de las invenciones desarrolladas ante el INPI dentro del año de completadas (art. 18).

Derechos que reconoce

  • Las personas físicas o jurídicas radicadas en el país cuyos proyectos de biotecnología moderna sean aprobados tienen derecho a beneficios fiscales: amortización acelerada en el Impuesto a las Ganancias, devolución anticipada del IVA de los bienes de capital, Bonos de Crédito Fiscal por el 50% de las contribuciones a la seguridad social y de ciertos gastos de I+D, y exclusión de la Ganancia Mínima Presunta (arts. 6 y 7).
  • Los pequeños emprendedores que no accedan a esos beneficios pueden solicitar financiamiento de capital inicial del Fondo de Estímulo a Nuevos Emprendimientos (art. 15).
  • Los investigadores del CONICET y organismos autárquicos pueden obtener licencias sin goce de haberes para participar en proyectos promovidos (art. 23).

Casos de uso

  • Solicitar beneficios fiscales para un proyecto de investigación, desarrollo o producción biotecnológica radicado en el país.
  • Verificar si un artículo del régimen rige o fue observado: el Decreto 983/2007 observó expresiones del último párrafo de los artículos 6º, 7º y 9º.
  • Consultar los requisitos de elegibilidad, el cupo fiscal y las obligaciones de contabilidad y auditoría antes de presentar un proyecto.
  • Entender la relación con la Ley 27.685, que reformó el régimen, incorporó la nanotecnología y extendió su vigencia hasta 2034.

Preguntas frecuentes

A los proyectos de investigación, desarrollo y producción aprobados: amortización acelerada en el Impuesto a las Ganancias, devolución anticipada del IVA de los bienes de capital, conversión en Bonos de Crédito Fiscal del 50% de las contribuciones a la seguridad social y de ciertos gastos de I+D, y exclusión de la Ganancia Mínima Presunta (arts. 6 y 7).