Resumen ejecutivo
La Ley Cafiero (Ley Cafiero, 1995) definió los límites de la autonomía de la Ciudad de Buenos Aires para garantizar los intereses del Estado nacional mientras la Ciudad sea Capital. Su artículo 7º original mantenía la seguridad en manos del Gobierno nacional. La Ley 26.288 reescribe ese artículo para abrir el traspaso: el Gobierno nacional ejerce la seguridad solo con la extensión necesaria para las normas federales, la Ciudad de Buenos Aires asume las funciones de seguridad en todas las materias no federales (la Nación las sigue ejerciendo hasta que la Ciudad las asuma efectivamente), y la Ciudad podrá integrar el Consejo de Seguridad Interior. Fue el paso legal que habilitó la creación de la Policía Metropolitana.Objetivo
Permitir que la Ciudad de Buenos Aires asuma las competencias de seguridad en materias no federales, modificando el Art. 7 — Ley Cafiero.Problema que resuelve
El artículo 7º original de la Ley Cafiero impedía a la Ciudad de Buenos Aires tener funciones de seguridad propias, que quedaban íntegramente en cabeza del Gobierno nacional.A quiénes alcanza
Obligaciones
Derechos que reconoce
Casos de uso
Preguntas frecuentes