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Ley 26.326

VigenteNacional

Trasplante de organos: ampliacion de los canales para manifestar la voluntad de donar

Sanción:28 de noviembre de 2007BO:26 de diciembre de 2007Ver fuente oficial
2artículos
donacion de organostrasplantesvoluntad del donanteINCUCAI
Contexto de la ley

Resumen ejecutivo

Reforma la Ley de Trasplantes (1993) de Trasplante de Organos y Materiales Anatomicos en su articulo 20. Multiplica los canales por los que una persona capaz mayor de 18 anios puede dejar asentada su voluntad sobre la donacion: el INCUCAI, el Registro Nacional de las Personas (RENAPER), los Registros del Estado Civil, las autoridades sanitarias y establecimientos asistenciales, la Policia Federal y el Correo Oficial. La manifestacion hecha en el RENAPER o el Registro Civil se asienta en el DNI; los organismos deben comunicarla de inmediato al INCUCAI; el Correo envia gratis el telegrama de quien se niega a donar; y ninguna de estas manifestaciones puede tener costo para la persona. Amplia asi el acceso al registro de voluntad, antes de la Ley de Donante Presunto (2005) de donante presunto.

Objetivo

Facilitar y hacer gratuito el registro de la voluntad de donar (o no) organos, sumando organismos habilitados y el asiento en el DNI.

Problema que resuelve

Registrar la voluntad de donacion era engorroso y con pocos canales, lo que desalentaba la manifestacion expresa.

A quiénes alcanza

personas mayores de 18 aniosdonantes y no donantes de organosINCUCAIRENAPER y Registros del Estado Civil
Análisis jurídico

Obligaciones

  • El RENAPER, los Registros del Estado Civil, las autoridades sanitarias y la Policia Federal deben comunicar de inmediato al INCUCAI las voluntades recibidas.
  • El Correo Oficial debe expedir gratis el telegrama de negativa a donar dirigido al INCUCAI.
  • La manifestacion no puede tener costo alguno para el declarante.

Derechos que reconoce

  • Toda persona mayor de 18 anios tiene derecho a manifestar gratuitamente su voluntad de donar o no donar organos ante multiples organismos.
  • Derecho a que la voluntad manifestada quede asentada en el DNI.

Casos de uso

  • Una persona que al renovar el DNI en el RENAPER deja asentado que quiere donar sus organos.
  • Alguien que envia gratis por el Correo Oficial un telegrama al INCUCAI manifestando que no desea donar.

Preguntas frecuentes

Ante el INCUCAI, el RENAPER, los Registros del Estado Civil, las autoridades sanitarias y establecimientos asistenciales, la Policia Federal y el Correo Oficial.