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Ley de Bosques Nativos
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Art. 13
Ley 26.331
Artículo 13
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Texto oficial
Todo desmonte o manejo sostenible de
bosques nativos
requerirá autorización por parte de la
Autoridad de Aplicación
de la
jurisdicción
correspondiente.
Qué significa en la práctica
Todo desmonte o manejo sostenible de bosque nativo requiere autorización de la
autoridad de aplicación
de la
jurisdicción
.
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