Volver al listado

Ley 26.368

VigenteNacional

Prórroga del régimen de mediación prejudicial obligatoria

Sanción:16 de abril de 2008BO:28 de abril de 2008Ver fuente oficial
2artículos
mediaciónconciliaciónprórrogaacceso a la justicia
Contexto de la ley

Resumen ejecutivo

Ley de una sola disposición sustantiva: extiende por dos años más la vigencia del régimen de prejudicial obligatoria establecido por la Ley de Mediación (1995), contados desde el vencimiento que había fijado la Prórroga de la mediación obligatoria (2006). Evita que caduque el sistema de previa obligatoria mientras se debatía su reforma de fondo.

Objetivo

Mantener vigente el régimen de prejudicial obligatoria por dos años más.

Problema que resuelve

La Ley de Mediación (1995) fijaba una vigencia temporal a la obligatoria que, de no prorrogarse, dejaría sin marco legal a un mecanismo ya instalado para descomprimir la Justicia.

A quiénes alcanza

partes en conflictos civiles y comercialesmediadoresabogados
Análisis jurídico

Obligaciones

  • Antes de iniciar ciertos juicios se mantiene la de pasar por la instancia de prejudicial.

Derechos que reconoce

  • Que el mecanismo de previa obligatoria siga disponible como vía de resolución de conflictos.

Casos de uso

  • Una persona que va a iniciar un juicio civil o comercial en la Capital Federal y debe cumplir antes con la obligatoria.

Preguntas frecuentes

Prorroga por dos años el plazo del Art. 30 — Ley de Mediación (1995), manteniendo vigente el régimen de prejudicial obligatoria a partir del vencimiento fijado por la Prórroga de la mediación obligatoria (2006).