Resumen ejecutivo
Agrega el inciso l) al Art. 5 — Ley de Parques Nacionales (, Reservas Nacionales y Monumentos Naturales), que enumera las actividades prohibidas dentro de los parques. Prohíbe los sobrevuelos en aeronaves a motor, con excepciones tasadas: rutas aéreas comerciales, militares y civiles sin alternativa por razones geográficas, climáticas o de proximidad de aeropuertos, y los vuelos de búsqueda y rescate, combate de siniestros, investigación científica, relevamientos técnicos y los vinculados al cuidado y administración del parque.Objetivo
Proteger la fauna y el ambiente de los del ruido y la perturbación de los sobrevuelos a motor.Problema que resuelve
Los sobrevuelos recreativos y no esenciales perturbaban la fauna y el ecosistema de las áreas protegidas sin una prohibición legal clara.A quiénes alcanza
Obligaciones
Derechos que reconoce
Casos de uso
Preguntas frecuentes