Ley 26.393

Artículo 35Reasignación de créditos presupuestarios

Texto oficial

Facúltase a la Jefatura de Gabinete de Ministros a reasignar los créditos presupuestarios necesarios a fin de dar cumplimiento a lo establecido en la presente ley.

Qué significa en la práctica

Faculta a la Jefatura de Gabinete de Ministros a reasignar los créditos presupuestarios necesarios para cumplir con lo establecido en la ley.

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