Ley 26.398

Artículo 3Traslado de la antena de Radio Nacional

Texto oficial

El Gobierno de la provincia de Jujuy deberá trasladar la antena y los equipos existentes en el predio al inmueble que sea determinado juntamente con las autoridades de Radio Nacional.

Qué significa en la práctica

Obliga al gobierno de Jujuy a trasladar la antena y los equipos existentes en el predio a otro inmueble, que se determinará junto con las autoridades de Radio Nacional.

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