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Ley 26.471

VigenteNacional

Bien de interés histórico artístico nacional: Parroquia Nuestra Señora de la Medalla Milagrosa (CABA)

Sanción:17 de diciembre de 2008BO:20 de enero de 2009Ver fuente oficial
3artículos
patrimonio históricomonumentosCiudad de Buenos Airespatrimonio religioso
Contexto de la ley

Resumen ejecutivo

Declara bien de interés histórico artístico nacional a la Parroquia Santuario Nuestra Señora de la Medalla Milagrosa (avenida Curapaligüe 1185, CABA), incorporándola al régimen de la Ley de Monumentos Históricos. La Comisión Nacional de Museos y de Monumentos y Lugares Históricos queda a cargo de instrumentar lo necesario para su cumplimiento. Es una declaración honorífica y de tutela patrimonial, sin transferencia de ni asignación de fondos.

Objetivo

Reconocer y proteger el valor histórico y artístico de la Parroquia Nuestra Señora de la Medalla Milagrosa de la Ciudad de Buenos Aires.

Problema que resuelve

El templo, con valor arquitectónico y devocional, carecía de protección federal que resguardara su carácter frente a intervenciones.

A quiénes alcanza

Arzobispado de Buenos AiresComisión Nacional de Monumentosfeligreses
Análisis jurídico

Obligaciones

  • La Comisión Nacional de Museos y de Monumentos y Lugares Históricos debe instrumentar todo lo necesario para el cumplimiento de la declaración.

Casos de uso

  • Un feligrés quiere entender qué protección tiene la Parroquia de la Medalla Milagrosa.
  • La parroquia proyecta una obra y debe saber que interviene la Comisión de Monumentos.

Preguntas frecuentes

Queda bajo el régimen de la Ley de Monumentos Históricos: la Comisión Nacional de Monumentos interviene en su conservación y en las obras que la afecten.