Resumen ejecutivo
Conocida como ley de humanización de la prisión, amplía las causales de detención domiciliaria como forma de cumplir la pena. El juez de ejecución puede disponerla para el interno enfermo que no puede tratarse en la cárcel, el enfermo terminal, el interno con discapacidad para quien la cárcel es un trato indigno, el mayor de 70 años, la mujer embarazada y la madre de un niño menor de 5 años o de una persona con discapacidad a su cargo. Regula el procedimiento (informes médico, psicológico y social) y la supervisión por patronatos de liberados o servicios sociales, prohibiendo que la persona quede a cargo de fuerzas policiales o de seguridad. Reforma en el mismo sentido el Art. 10 — Código Penal de la Nación Argentina y el Art. 502 — Ley de Implementación del Código Procesal Penal Federal de la Nación.Objetivo
Ampliar y unificar en la Ley de Ejecución de la Pena, el Código Penal de la Nación Argentina y el CPPN los casos de detención domiciliaria para personas vulnerables, con fundamentos humanitarios.Problema que resuelve
Las causales de eran estrechas y dejaban en la cárcel a personas gravemente enfermas, con discapacidad, ancianas o madres de niños pequeños, en condiciones que podían configurar un trato indigno.A quiénes alcanza
Obligaciones
Derechos que reconoce
Casos de uso
Preguntas frecuentes