Ley 26.485

Artículo 2Objeto

Texto oficial

La presente ley tiene por objeto promover y garantizar: a) La eliminación de la discriminación entre mujeres y varones en todos los órdenes de la vida; b) El derecho de las mujeres a vivir una vida sin violencia; c) Las condiciones aptas para sensibilizar y prevenir, sancionar y erradicar la discriminación y la violencia contra las mujeres en cualquiera de sus manifestaciones y ámbitos; d) El desarrollo de políticas públicas de carácter interinstitucional sobre violencia contra las mujeres; e) La remoción de patrones socioculturales que promueven y sostienen la desigualdad de género y las relaciones de poder sobre las mujeres; f) El de las mujeres que padecen violencia; g) La asistencia integral a las mujeres que padecen violencia en las áreas estatales y privadas.

Qué significa en la práctica

La ley busca eliminar la discriminación, garantizar el derecho a vivir sin violencia, erradicar la violencia en todas sus formas, promover políticas públicas y garantizar y asistencia integral.

Efectos prácticos

  • Marco normativo integral que cubre prevención, sanción y erradicación
  • Obliga al Estado a crear políticas interinstitucionales
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