Ley 26.485

Artículo 21Presentación de la denuncia

Texto oficial

La presentación de la denuncia por violencia contra las mujeres podrá efectuarse ante cualquier juez/jueza de cualquier e instancia o ante el Ministerio Público, en forma oral o escrita. Se guardará reserva de identidad de la persona denunciante.

Qué significa en la práctica

La denuncia puede hacerse ante cualquier juez (de cualquier , no solo de familia), ante fiscales, en forma oral o escrita. La identidad de la denunciante se mantiene reservada.

Ejemplo práctico

Una mujer puede denunciar ante un juzgado comercial si no hay juzgado de familia disponible; el juez debe recibir la denuncia y derivar

Efectos prácticos

  • No hay que esperar un juzgado de familia: cualquier juez recibe la denuncia
  • La denuncia oral es tan válida como la escrita
← Ver en Ley de Violencia contra la Mujer completaLeyes