Ley 26.485

Artículo 26Medidas preventivas urgentes

Texto oficial

a) Durante cualquier etapa del proceso el/la juez/a interviniente podrá, o a petición de parte, ordenar una o más de las siguientes medidas preventivas: a.1. Ordenar la prohibición de acercamiento del presunto agresor al lugar de residencia, trabajo, estudio, esparcimiento o a los lugares de habitual concurrencia de la mujer; a.2. Ordenar al presunto agresor que cese en los actos de perturbación o intimidación; a.3. Ordenar la restitución inmediata de los efectos personales; a.4. Prohibir al presunto agresor la compra y tenencia de armas; a.5. Proveer asistencia médica o psicológica; a.6. Ordenar medidas de seguridad en el domicilio; a.7. Ordenar toda otra medida necesaria para garantizar la seguridad de la mujer. b) En casos de violencia doméstica, el/la juez/a podrá además: b.1. Prohibir enajenar bienes gananciales; b.2. Ordenar la exclusión de la parte agresora de la residencia común, independientemente de la titularidad de la misma; b.3. Decidir el reintegro al domicilio de la mujer; b.4. Ordenar el acompañamiento policial; b.5. Fijar una cuota alimentaria provisoria; b.6. Otorgar la guarda de los hijos a un familiar; b.7. Suspender el régimen de visitas; b.8. Ordenar abstenerse de interferir en la guarda; b.9. Inventario de bienes; b.10. Otorgar el uso exclusivo del mobiliario a la mujer.

Qué significa en la práctica

El artículo más usado de la ley. El juez puede dictar hasta 17 medidas de protección (sin que la víctima las pida) o a petición. Las más importantes: prohibición de acercamiento, exclusión del agresor del hogar (aunque sea propietario), cuota alimentaria provisional, suspensión de visitas y secuestro de armas.

Ejemplo práctico

El juez puede excluir al agresor del hogar aunque la propiedad esté a su nombre

Efectos prácticos

  • El agresor puede ser excluido del hogar aunque sea dueño o locatario
  • El juez puede actuar de oficio, sin esperar que la víctima pida las medidas
  • La cuota alimentaria provisional protege económicamente a la mujer e hijos durante el proceso
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