Ley 26.485

Artículo 35Reparación

Texto oficial

La parte damnificada podrá reclamar la reparación civil por los daños y perjuicios, según las normas comunes que rigen la materia.

Qué significa en la práctica

Además de las medidas de protección, la víctima puede reclamar una civil por los daños sufridos, siguiendo las reglas generales del derecho civil.

Efectos prácticos

  • La causa de violencia no impide reclamar daños y perjuicios civiles en forma separada o acumulada
← Ver en Ley de Violencia contra la Mujer completaLeyes