Artículo 1Autorización a ciudadanos argentinos para ser cónsules y vicecónsules honorarios
Texto oficial
Concédese autorización para desempeñar sus respectivos cargos de cónsules y vicecónsules honorarios, propuestos por gobiernos extranjeros según lo establecido en la Ley 23.732, a los ciudadanos argentinos comprendidos en la nómina anexa, cuya copia autenticada forma parte de la presente ley; acorde con las constancias enviadas por el Ministerio de Relaciones Exteriores, Comercio Internacional y Culto.
Qué significa en la práctica
Concede autorización del Congreso a los ciudadanos argentinos incluidos en la nómina anexa para desempeñar los cargos de cónsules y vicecónsules honorarios propuestos por gobiernos extranjeros, según la Ley 23.732 y las constancias del Ministerio de Relaciones Exteriores. La lista de personas autorizadas figura en el anexo (no se reproduce en el texto).