Volver al listado

Ley 26.512

VigenteNacional

Zona de desastre agropecuario por sequía en Santa Fe (2009)

Sanción:20 de agosto de 2009Promulgación:27 de agosto de 2009BO:28 de agosto de 2009Ver fuente oficial
6artículos
emergencia agropecuariasequíadesastre agropecuarioSanta Fe
Contexto de la ley

Resumen ejecutivo

El Congreso declaró zona de desastre agropecuario por sequía —para todo el año 2009, prorrogable— a siete departamentos del norte de Santa Fe: 9 de Julio, Vera, San Cristóbal, General Obligado, San Justo, San Javier y Garay. El texto sancionado extendía además la emergencia a lo económico y social y a actividades industriales, comerciales, forestales, apícolas y de servicios (Ley 22.913), y preveía partidas especiales, créditos, exenciones y suspensión de juicios. El Decreto 1142/2009 observó (vetó) la expresión «y emergencia económica y social», el segundo párrafo del artículo 1 y los artículos 2 a 5, dejando vigente solo la declaración de desastre agropecuario, para aplicar el régimen uniforme de la Ley de Emergencia Agropecuaria. El plazo ya está vencido.

Objetivo

Declarar zona de desastre agropecuario por sequía en siete departamentos de Santa Fe para habilitar la asistencia de emergencia a los productores.

Problema que resuelve

La sequía comprometió la producción del norte santafesino y los productores necesitaban que se declarara formalmente el desastre para acceder a la asistencia.

A quiénes alcanza

productores agropecuarios del norte de Santa Fe
Análisis jurídico

Obligaciones

  • El Estado nacional debe encauzar la asistencia a los departamentos declarados a través del régimen de emergencia agropecuaria (Ley de Emergencia Agropecuaria).

Derechos que reconoce

  • Los productores de los siete departamentos del norte de Santa Fe declarados quedaron habilitados para acceder al régimen de asistencia por desastre agropecuario.

Casos de uso

  • Un productor de Vera o General Obligado que perdió la campaña por la sequía y busca saber bajo qué régimen accede a la asistencia.

Preguntas frecuentes

Solo la declaración de zona de desastre agropecuario por sequía en siete departamentos (9 de Julio, Vera, San Cristóbal, General Obligado, San Justo, San Javier y Garay). El Decreto 1142/2009 observó la expresión «y emergencia económica y social», el segundo párrafo del Art. 1 — Ley 22.913) y los artículos 2° a 5°.