Artículo 4Ampliación de fondos para planes sociales — OBSERVADO (Dto 1142/2009), nunca rigió
Texto oficial
Facúltase al Poder Ejecutivo a ampliar fondos destinados a la cobertura de planes sociales durante el período de la declaración de emergencia en el ámbito geográfico de la misma, y la adopción de medidas que tiendan a preservar y reestablecer las relaciones de producción y empleo.
Qué significa en la práctica
El texto sancionado facultaba al Poder Ejecutivo a ampliar fondos de planes sociales durante la emergencia y a preservar las relaciones de producción y empleo. Observado íntegramente por el Decreto 1142/2009; nunca rigió.