Ley 26.544

Artículo 6Constitución de fundaciones y asociaciones de apoyo

Texto oficial

La Universidad Nacional del Oeste podrá promover la constitución de fundaciones, sociedades o asociaciones, con destino a apoyar su labor, facilitar las relaciones con el medio, dar respuesta y promover las condiciones necesarias para el cumplimiento de sus fines y objetivos.

Qué significa en la práctica

Permite a la universidad promover la creación de fundaciones, sociedades o asociaciones destinadas a apoyar su labor y a facilitar las relaciones con el medio.

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