Ley 26.554

Artículo 2Prórroga de la suspensión de desalojos (art. 2º Ley 26.160)

Texto oficial

Prorrógase el plazo establecido en el Art. 2 — Ley de Emergencia Territorial Indígena hasta el 23 de noviembre de 2013.

Qué significa en la práctica

Prorroga hasta el 23 de noviembre de 2013 el plazo del Art. 2 — Ley de Emergencia Territorial Indígena, que suspende la ejecución de actos procesales o administrativos que tengan por objeto el desalojo o la desocupación de las tierras ocupadas por comunidades indígenas mientras dure la emergencia.

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