Ley 26.612

Artículo 4Autorización de pago a través del Banco Central

Texto oficial

Autorízase al MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS a instrumentar el pago de las suscripciones mencionadas en los artículos precedentes a través del BANCO CENTRAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA.

Qué significa en la práctica

Autoriza al Ministerio de Economía y Finanzas Públicas a instrumentar el pago de las suscripciones de acciones aprobadas en los artículos anteriores a través del Banco Central de la República Argentina. Es la norma que operativiza el desembolso de los aportes de capital a la CAF.

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