Resumen ejecutivo
El impuesto adicional de emergencia sobre el precio final de venta de cigarrillos fue creado por la Ley 24.625 con caracter transitorio y necesita prorrogas periodicas. La Ley 26.658 lo extiende hasta el 31 de diciembre de 2011 (con efecto para los hechos imponibles desde el 1 de enero de 2011) y prorroga tambien la distribucion de lo recaudado prevista en el articulo 11 de la Ley de reforma tributaria 1999, hasta que se sancione la ley de coparticipacion federal del articulo 75 inciso 2 de la Constitucion.Objetivo
Mantener vigente durante 2011 el impuesto adicional de emergencia sobre cigarrillos y su regimen de distribucion.Problema que resuelve
El impuesto sobre cigarrillos tenia vigencia limitada en el tiempo; sin prorroga habria caducado y se habria perdido esa recaudacion.A quiénes alcanza
Obligaciones
Derechos que reconoce
Casos de uso
Preguntas frecuentes