Ley 26.682

Artículo 26Derechos de los usuarios

Texto oficial

Derecho de los Usuarios. Sin perjuicio de los que establezcan las demás normas de aplicación, los usuarios gozan de los siguientes derechos: a) Derecho a las prestaciones de emergencia: los usuarios tienen derecho, en caso de duda, a recibir las prestaciones de emergencia, correspondiendo en forma posterior resolver si se encuentran cubiertas por el plan contratado; b) Derecho a la equivalencia: los usuarios tienen derecho a una adecuada equivalencia de la calidad de los servicios contratados durante toda la relación contractual.

Qué significa en la práctica

Reconoce dos derechos clave del usuario: en una emergencia debe ser atendido primero (después se discute si estaba cubierto), y la calidad del servicio contratado debe mantenerse durante toda la relación.
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