Ley 26.682

Artículo 30Plazo de adaptación

Texto oficial

Los sujetos comprendidos en el artículo 1º de la presente ley tendrán un plazo de ciento ochenta (180) días a partir de la publicación de la presente para la adaptación al presente marco normativo.

Qué significa en la práctica

Dio a las prepagas 180 días para adaptarse al nuevo marco regulatorio.
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