Ley 26.682

Artículo 4Autoridad de aplicación

Texto oficial

. Es de la presente ley el Ministerio de Salud de la Nación. En lo que respecta a la relación de consumo y a la defensa de la serán autoridades de aplicación las establecidas en las leyes 24.240 y 25.156 y sus modificatorias, según corresponda.

Qué significa en la práctica

El Ministerio de Salud regula y controla a las prepagas. En lo que hace al y la intervienen las autoridades de Defensa del y de la .
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