Resumen ejecutivo
La Ley 26.683 reforma el regimen antilavado. En el Codigo Penal saca el lavado de activos del capitulo de encubrimiento (deroga el viejo articulo 278), crea el Titulo XIII Delitos contra el orden economico y financiero e incorpora los articulos 303 a 305: tipifica el lavado como autonomo (se puede castigar a quien lava aunque haya participado en el que genero los bienes), con umbral de 300.000 pesos, responsabilidad de las personas juridicas y definitivo de bienes aun sin condena. En la Ley de Lavado de Activos (crea la UIF) reordena la Unidad de Informacion Financiera (autonomia y autarquia, seleccion y remocion de sus titulares), amplia la lista de sujetos obligados a informar, redefine el deber de informar y el conocimiento del cliente, y actualiza las sanciones. Su articulo 25 (que prohibia a la UIF ser querellante) fue observado por el Decreto 825/2011 y no entro en vigencia.Objetivo
Fortalecer la prevencion y represion del lavado de activos y de la financiacion del terrorismo, dandole autonomia al y mas herramientas a la UIF.Problema que resuelve
El lavado de activos estaba tratado como una forma de encubrimiento, lo que dificultaba castigar al autolavado y perseguir el aspecto financiero del ; la UIF tenia facultades acotadas.A quiénes alcanza
Obligaciones
Derechos que reconoce
Casos de uso
Preguntas frecuentes