Artículo 6Sin retenciones ni percepciones de IVA (art. 8 bis Ley 25.922)
Texto oficial
Incorpórase a continuación del Art. 8 — Ley de Promoción del Software (FONSOFT) el siguiente artículo:
Artículo 8º bis: Los beneficiarios del presente régimen no serán
sujetos pasibles de retenciones ni percepciones del impuesto al valor
agregado. En mérito de lo antedicho, la Administración Federal de
Ingresos Públicos, entidad autárquica en el ámbito del Ministerio de
Economía y Finanzas Públicas, expedirá la respectiva constancia de no
retención.
Qué significa en la práctica
Incorpora el artículo 8 bis a la Ley de Promoción del Software (FONSOFT). Los beneficiarios del régimen no son sujetos pasibles de retenciones ni percepciones del impuesto al valor agregado, y la AFIP debe expedir la respectiva constancia de no retención.