Ley 26.712

Artículo 1Creación de una defensoría y una fiscalía en Esquel

Texto oficial

Créanse UNA (1) Defensoría Pública Oficial y UNA (1) Fiscalía de Primera Instancia que actuarán ante el Juzgado Federal de Primera Instancia de Esquel, provincia del Chubut, y tendrán la misma material y territorial de éste.

Qué significa en la práctica

Crea una Defensoría Pública Oficial y una Fiscalía de Primera Instancia que actuarán ante el Juzgado Federal de Esquel (Chubut), que ya existía. Tendrán la misma material y territorial que ese juzgado. Antes esa no contaba con fiscal ni defensor propios.

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