Ley 26.716

Artículo 7Continuidad del Ministerio Público

Texto oficial

Los órganos del Ministerio Público Fiscal y del Ministerio Público de la Defensa creados o a crearse en dicha sección judicial, proseguirán actuando en forma indistinta por ante ambos Juzgados Federales de Rawson, conforme las leyes que reglamenten sus funciones.

Qué significa en la práctica

Los órganos del Ministerio Público Fiscal y de la Defensa existentes o a crearse en esa sección judicial siguen actuando de forma indistinta ante ambos juzgados federales de Rawson, según las leyes que reglamentan sus funciones.

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